¿Con qué edad puedo acceder al título?
Para obtener el título del PER el interesado deberá tener cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las pruebas para la obtención de éstos. Los menores de edad que hayan cumplido 16 años en el momento de la realización de las pruebas podrán obtener la licencia de navegación y el título de patrón para navegación básica, siempre que acrediten, mediante su presentación por escrito, el consentimiento de sus padres o tutores.
¿Cúales son los títulos y licencia de recreo?
a) Capitán de yate.
b) Patrón de yate.
c) Patrón de embarcación de recreo.
d) Patrón para la navegación básica.
e) Licencia de navegación.
La licencia de navegación y los títulos de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo se podrán obtener de forma directa. Sin embargo para la obtención de los títulos de patrón de yate y capitán de yate será necesario estar en posesión del título inmediatamente inferior.
¿Cuáles son las condiciones para la obtención del título?
Para obtener el título de patrón de embarcaciones de recreo a motor es necesario:
a)Superar un examen teórico
b) Solicitud cumplimentada..
c) Abono de las tasas en vigor en el momento de la solicitud.
d) Informe de aptitud psicofísica en vigor de acuerdo a lo especificado en el artículo 21 del Real Decreto 875/2014.
¿Quién realiza los examenes?
Los exámenes teóricos los realizan la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias (País Vasco, Cantabria, Asturias, Galicia, Andalucía, Murcia, Valencia, Cataluña, Baleares, Canarias , Ceuta y Melilla)
¿Quién emite los títulos naúticos?
Las titulaciones de recreo son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias (antes mencionadas)
¿Qué documentación se necesita para poder presentarse a los exámenes?
La documentación común requerida para presentarse a los exámenes es la siguiente:
- Abono de tasas correspondientes al año en curso: Entre 35EUR y 60EUR dependiendo de si convoca la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónoma
- Presentación de la solicitud de examen dentro del plazo hábil correspondiente. La presentación del propio justificante de pago de la tasa, sellado por la entidad bancaria, servirá como solicitud de examen, en cuyo caso deberá especificarse la convocatoria a la que se presenta el interesado.
- Fotocopia del DNI (No será necesario para aquellas matriculaciones hechas por medios telemáticos).
¿Qué tiempo tengo para hacer las prácticas de Seguridad y Navegación desde que he aprobado el examen teórico?
Dieciocho meses desde la fecha del examen.
¿Qué documentación se necesita para solicitar un título?
La documentación común requerida para solicitar el P.E.R. es la siguiente:
- Solicitud cumplimentada.
- Dos fotografías, tamaño DNI, de frente y con la cabeza descubierta y sin gafas oscuras.
- Abono de las tasas en vigor en el momento de la solicitud.
- Examen teórico aprobado
- Prácticas básicas de seguridad y navegación, radiocomunicaciones y vela (en el supuesto de querer la habilitación a vela), o en su lugar, el examen práctico.
¿Dónde se presenta la documentación para presentarse al examen?
Vía telemática (para Madrid) o personalmente (puede ser otra persona pero tendrá que llevar original/fotocopia con autorización firmada) en las Capitanías Marítimas o en los Servicios Centrales de la Dirección General de la Marina Mercante (Madrid) en la calle Ruiz de Alarcón, 1, 28071.
Casi todas las Comunidades autónomas que hayan asumido estas competencias proporcionan la posibilidad de presentar la documentación vía telemática (ver webs indicadas en la pregunta
¿Cuándo se renuevan las tarjetas de recreo y qué documentación hay que presentar?
Las tarjetas de recreo se renuevan cada 10 años, salvo los mayores de 70 años que las renovarán cada dos años.
¿Qué otras páginas oficiales puedo visitar?
Salvamento Marítimo
Seguridad Naútica
Normas de seguridad y recomendaciones